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El amparo en Argentina si bien tuvo su origen en la jurisprudencia y legislación con la reforma constitucional de 1994, se ha incorporado a la constitución nacional en el artículo 43, desarrollando sus clases más típicas es decir, la individual y la colectiva. Luego ello se fue expandiendo y vemos que en la Argentina existe una proliferación de amparos tales como el sindical, impositivo, por mora, aduanero y, previsional, haciendo de este modo un amparo muy abarcativo y de cuya efectividad hoy se pone en duda. Sin embargo, uno de los tabúes mas importante en la Argentina es el amparo sobre las…mehr

Produktbeschreibung
El amparo en Argentina si bien tuvo su origen en la jurisprudencia y legislación con la reforma constitucional de 1994, se ha incorporado a la constitución nacional en el artículo 43, desarrollando sus clases más típicas es decir, la individual y la colectiva. Luego ello se fue expandiendo y vemos que en la Argentina existe una proliferación de amparos tales como el sindical, impositivo, por mora, aduanero y, previsional, haciendo de este modo un amparo muy abarcativo y de cuya efectividad hoy se pone en duda. Sin embargo, uno de los tabúes mas importante en la Argentina es el amparo sobre las decisiones judiciales, y el amparo contra el amparo, que siguen teniendo serias dificultades en su implementación, aunque el verdadero problema es la ordinarización del amparo por la gran cantidad de amparos que tiene tramitando en la justicia, que requiere una nueva revisión de amparo.
Autorenporträt
Director y profesor del curso de Posgrado en ¿Derecho Constitucional para la Integración Judicial¿, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Profesor Asociado de la Escuela de Abogados del Estado. Profesor de Doctorado de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador.