Desde el inicio del constitucionalismo, simultáneamente a su fortalecimiento y expansión, se fueron gestando modelos de protección para los contenidos sustanciales y formales de las distintas constituciones existentes en el orbe. Desde la simple inclusión de principios constitucionales, cuya naturaleza directa no consiste en la defensa constitucional propiamente, hasta la confección de instrumentos especializados, que permitieron un control mucho más optimizado y eficaz. No fue hasta en los albores del Siglo XX, en donde se comenzó a re- dirigir un verdadero análisis sobre los alcances de la protección constitucional, y sobre quién debería tener en sus manos tan importante función. Si bien, los primeros modelos diseñados se acercaron más a un control de carácter político, conforme su fueron consolidando los medios y los tribunales constituciones, el control jurisdiccional se erigió como el prototipo más idóneos en la labor de defensa constitucional.