La vida doméstica es una de las esferas de la vida social, que incluye las condiciones y el modo de la vida cotidiana, la totalidad de la satisfacción de las necesidades materiales y espirituales, así como diversas costumbres, tradiciones y normas de la habitación humana. En cuanto al concepto de delitos domésticos, nos parece que el atributo que caracteriza a los delitos domésticos son las relaciones domésticas del autor y la víctima (conyugales, de parentesco, de vecindad, de amistad). Los delitos en el ámbito de las relaciones domésticas son actos socialmente peligrosos, culpables, ilícitos, cometidos por personas que mantienen vínculos jurídicos o sociales especiales. Basándonos en diversos criterios, creemos que los rasgos característicos de un delito doméstico son: 1.Cometer un delito en el ámbito no productivo. 2.Motivación del acto delictivo por motivos domésticos. 3.Presencia de relaciones de parentesco o de rol social entre el delincuente y la víctima. 4.Orientación personalmente violenta. El asesinato cometido en el ámbito de las relaciones domésticas es una privación socialmente peligrosa, culpable e ilícita de la vida de otra persona mediante la violencia, cometida por una persona que mantiene relaciones sociales o jurídicas especiales.
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