El desarrollo del derecho específico relativo a los puertos marítimos en el marco de la integración europea ha sido muy lento tanto en su puesta en marcha como en su desarrollo. Las libertades fundamentales del Tratado CE (libertad de establecimiento, libre circulación de trabajadores, mercancías y servicios), así como las disposiciones en materia de competencia, se aplican al sector de los servicios portuarios. Casi cincuenta años después de la creación de la comunidad, todavía no existe un marco legislativo específico relativo a la prestación de servicios portuarios, lo que lo convierte en el único sector de servicios de transporte en el que, en caso de determinados problemas con respecto a la aplicación de las libertades antes mencionadas, se decide según el principio del caso por caso. El mercado de los servicios portuarios se caracteriza por la complejidad y la diversidad de las normativas nacionales y otras normativas aplicables, así como por la heterogeneidad de los servicios portuarios y la diversidad de los puertos (en términos de estatuto, propiedad, tipos de gestión, características funcionales y geográficas). Por ello, es sumamente importante la adopción de un marco jurídico a escala de la UE que establezca normas básicas aplicables en todos los puertos de la Unión.
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