El consentimiento, en su relación con la sexualidad, lucha por imponerse como la palabra clave en el ejercicio de una vida sexual libre. Atrapado entre la tradición y la modernidad, el orden individual y el orden social, el permiso y la exclusión, el consentimiento está en el centro de la represión de los delitos sexuales de primer orden. La promoción de la moral legal en el uso de la sexualidad restringe cualquier disposición del cuerpo cuando los actos a realizar no entran en el marco de lo que se califica como <> instituido por el cuerpo social. Esta buena sexualidad impone una norma de gobierno sexual convirtiéndose así en la referencia. Asimismo, este endurecimiento de la libertad sexual por parte del legislador camerunés, asimilado al paternalismo, estaría justificado, además de por consideraciones morales, por una sociología de los delitos sexuales que tiende a aumentar el fenómeno de la victimología en el seno de la sociedad. A pesar de ello, ¿es suficiente esta ratio legis para que el consentimiento no pueda servir de justificación debido a la naturaleza de la ley en cuestión?
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