La cooperación judicial internacional en materia penal incluye la asistencia judicial internacional/mutua en materia penal (comisiones rogatorias, solicitudes de entrega de documentos procesales en el extranjero y solicitudes con fines de confiscación/decomiso), así como otras modalidades de cooperación: extradición, traslado de procedimientos penales, reconocimiento y ejecución de sentencia penal extranjera, traslado de personas condenadas (presos, en realidad). La cooperación judicial internacional tiene por objeto servir a los procedimientos penales internos y/o a la ejecución (cumplimiento) en el país requirente. Sin embargo, esta cooperación no forma parte de estos procedimientos, ni siquiera es similar a ellos. Tiene peculiaridades y principios bastante diferentes, como la oportunidad, la proporcionalidad, la soberanía, la reciprocidad, la especialidad, etc. Por ello, el conocimiento del procedimiento penal en sí mismo nunca es suficiente para entender bien la cooperación judicial internacional en materia penal. Son necesarios muchos esfuerzos adicionales para alcanzar este objetivo, dada la potencial necesidad de cooperar con cualquiera de los casi 200 países del mundo.
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