La legislación española de protección de la maternidad y la paternidad en el campo de la protección social y de las técnicas de reproducción asistida, utilizan un concepto de maternidad y paternidad esencialmente biológico. Además está fuertemente enraizada la creencia en un instinto maternal, de carácter natural e instintivo, que explica la responsabilidad casi en exclusiva de las mujeres a los cuidados de los demás, especialmente de los niños/as. Las legislaciones sobre protección de la maternidad y paternidad, no pretenden alterar la estructura social, económica y política que descansa en un mercado de trabajo capitalista, que se sostiene gracias a la división sexual del trabajo, a los roles de género que permiten un modelo adaptado a un ciudadano varón. No protegen la maternidad, sino la debilidad de las mujeres por su posibilidad de ser madres. Los ciudadanos/as entrevistados coinciden en general con las premisas sobre las que se sustentan las leyes de maternidad, paternidad, conciliación y cuidados. Solo algunas mujeres se atreven a exigir una actuación estatal que garantice su derecho a la igualdad como ciudadanas.