Los litigios relativos a la ruptura brusca de las relaciones comerciales siguen suscitando inquietud a la vista de la orientación que ha tomado la jurisprudencia en los últimos años. Creado inicialmente por la Ley Galland para proteger a la parte que ha sido desplazada cuando se pone fin a una relación comercial establecida, veinte años después la aplicación del artículo L. 442-6, I, 5° del Código de Comercio francés ha dado lugar a una serie de abusos, a veces incluso consiguiendo lo contrario de lo que el artículo pretendía. Este estudio, apoyado en diversos puntos de vista, sugiere una serie de pistas de reflexión y esboza soluciones a los problemas que plantea el artículo L. 442-6, I, 5°. En particular, la posibilidad de definir con mayor precisión los términos de la propia noción de "relación comercial establecida"; proponer una "lista de control" de criterios para calcular los plazos de preaviso concedidos; limitar su duración; fomentar la multiplicación de los acuerdos interprofesionales; e insertar una propuesta de conceptos de compatibilidad específicos de la indemnización destinada a evaluar con la mayor precisión posible la reparación del daño.
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