Habida cuenta de las actuales convulsiones sociales vinculadas, entre otras cosas, a la democratización del mundo sindical, a las innovaciones de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, al liberalismo económico, al desequilibrio en la relación entre el personal judicial y los litigantes y a la falta de operatividad de la coexistencia del derecho escrito y el derecho consuetudinario, se observa desde hace algunos años un desplazamiento del ámbito de las instituciones judiciales modernas al de las instituciones consuetudinarias locales. Este dualismo funcional de las instituciones jurídicas, en lugar de ser un obstáculo para la administración de justicia, ha demostrado ser una ventaja para la resolución de un cierto número de conflictos en nuestras sociedades. La eficacia de estos cambios y excesos está hoy fuera de toda duda. La Asociación Internacional de Ciencias Jurídicas celebró en Pau, en julio de 1981, una conferencia sobre el tema "Solución extrajudicial de conflictos".
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