Los servicios de las cuencas hidrográficas tienen un papel elemental en el patrimonio del país, y ésta a su vez el mantenimiento de la ecología y la vida misma de los seres vivos, y como lo humanos somos entes regidos por una sociedad normada, estamos obligados a preservarla, entregándole derechos a la naturaleza, que por primera vez lo estipulamos en la Constitución de la República de Ecuador. El Estado garantizará recuperar y conservar la naturaleza para tener un acceso de calidad de agua, esto enmarcado en el ámbito legal, debiendo aplicar lo concerniente a la protección y cuidado de las cuencas como es la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, su Reglamento y demás, obligando a la autoridad nominadora crear políticas de preservación con enfoque económico, con sanciones extremas en caso de inobservancia de actividades donde los seres humanos comprometan la calidad y cantidad en las fuentes de recarga de agua; ya que debido a ello, la incidencia más importante en la economía del país se ve en juego.
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