El presente estudio tiene por objeto investigar las denuncias de cobros abusivos de sobrestadía por parte de armadores o agentes intermediarios de transporte marítimo.Ante la necesidad de compensar las posibles pérdidas debidas a la no devolución del contenedor, y en ausencia de legislación específica sobre la materia, el Poder Judicial y gran parte de la doctrina han equiparado la sobrestadía de los contenedores a las normas del Código de Comercio aplicadas a la sobrestadía de los buques. Sin embargo, la parte no derogada del Código de Comercio se redactó en 1850, cuando ni siquiera existía el uso de contenedores en el transporte marítimo mundial. Esto pone de manifiesto el riesgo de una aplicación irrestricta de los usos y costumbres a la sobrestadía de los contenedores.Esto ha creado consecuencias jurídicas y económicas indeseables para el mercado regulado. Dada la realidad del mercado, en detrimento de la posición jurisprudencial mayoritaria, consideramos oportuna una investigación hermenéutica sobre el régimen jurídico de la sobrestadía de contenedores, especialmente para orientar el inicio de las discusiones técnico-jurídicas sobre la correcta aplicación de este instituto.
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