Ecuador con la Constitución 2008, adoptó un Estado plurinacional que reconoce los derechos de los pueblos, comunidades y nacionales indígenas, catalogada como una de las constituciones actuales garantista de derechos y primera carta magna a nivel mundial en atribuirle derechos a la naturaleza. Sin embargo, la lucha de pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas por la efectivización de sus derechos ha sido un camino largo y difícil de recorrer, como se evidencia en el caso Sarayaku vs. Ecuador, la vulneración suscitada desde antes de la codificación de las normas constitucionales han ocasionado que se afecte la vida digna de estos pueblos, las concesiones bajo estándares con poca o nula regulación del cumplimiento sobre normas de impacto ambiental han ocasionado un declive en la calidad de vida de pueblos que han hecho de la naturaleza su hogar. El Estado es responsable de garantizar el goce de los derechos constitucionales mediante la creación de normas específicas, que permitan regular el comportamiento de las empresas, y si incurren en vulneraciones se establezca reparaciones de acorde al daño causado, tanto a los pueblos como a la naturaleza, con el fin de resarcir el daño.