Las comunidades indígenas tienen una jurisdicción especial en virtud de su autonomía, costumbres y ancestros culturales a diferencia de la jurisdicción ordinaria, sin embargo, ante conductas relacionadas con el narcotráfico se presenta una dicotomía a la hora de seleccionar un modelo procesal aplicable al caso concreto; para resolver este problema la jurisprudencia aporta una serie de herramientas que garantizan en alguna medida el respeto por la diversidad étnica a la hora de determinar cuál sería la jurisdicción elegible, que pueden ser complementadas si se utiliza el principio de proporcionalidad frente a los usos y prácticas derivadas de la tradición y cultura indígena, siempre y cuando haya de por medio una política gubernamental tanto para la persecución del tráfico de estupefacientes como para la preservación de las culturas raizales.