Las Declaraciones Anticipadas de Voluntad, en sus dos formas habituales, el testamento vital y la designación de un apoderado sanitario, fueron reconocidas expresamente en el ordenamiento jurídico portugués, con la aprobación de la Ley nº 25/2012, de 16 de julio, que supuso nuevos retos para la comprensión del ordenamiento jurídico, especialmente al consagrar la institución de la representación voluntaria en materia de asistencia sanitaria. En un momento en el que se valora cada vez más la autonomía, este instrumento se presenta, en primera instancia, como un mecanismo útil para responder a una incapacidad específica limitada al ámbito de la salud.
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