En el Ecuador la adopción de menores es regulada por el Código de la Niñez y Adolescencia; el cual contiene disposiciones que muchas veces dificultan dicho proceso y por ende, limitan su aplicación. Conforme lo define el ordenamiento jurídico ecuatoriano, la adopción es una institución jurídica de protección de menores, con carácter social y familiar. La adopción tiene por objeto garantizar una familia idónea, permanente y definitiva al niño, niña o adolescente que se encuentren en aptitud social y legal para ser adoptado; además que, se priorizará la adopción nacional sobre la internacional, y que esta última será excepcional. El proceso puede durar de 2 a 4 años aproximadamente. Se inicia con el curso de preparación (4 meses); luego se califica la declaratoria de idoneidad (9 meses a 1 año); y si los adoptantes aceptan, se inicia el proceso de unir al menor con la nueva familia. Si este proceso es exitoso, a partir de este momento se inicia el trámite judicial y la familia se acerca al Registro Civil para inscribir al menor con sus apellidos.