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El Código Civil francés de 1804, ampliamente recogido por Camerún, hacía de la causa una de las condiciones de validez de un contrato. Así lo demuestra el análisis de la jurisprudencia. Mientras que en el derecho contractual ordinario la noción de causa, de causa lícita, es un factor determinante en la celebración de acuerdos. Es muy tentador creer que Francia, con la entrada en vigor de la ordenanza del 10 de febrero de 2016, ha erradicado la causa como condición de validez del contrato. Sin embargo, no es así en la medida en que si se cree a priori que la noción de causa ha desaparecido,…mehr

Produktbeschreibung
El Código Civil francés de 1804, ampliamente recogido por Camerún, hacía de la causa una de las condiciones de validez de un contrato. Así lo demuestra el análisis de la jurisprudencia. Mientras que en el derecho contractual ordinario la noción de causa, de causa lícita, es un factor determinante en la celebración de acuerdos. Es muy tentador creer que Francia, con la entrada en vigor de la ordenanza del 10 de febrero de 2016, ha erradicado la causa como condición de validez del contrato. Sin embargo, no es así en la medida en que si se cree a priori que la noción de causa ha desaparecido, ésta ha sido absorbida, contra todo pronóstico, por el contenido de expresión del contrato. Por lo tanto, existe, pero simplemente está oscurecida.
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Autorenporträt
Jean Loïc Mouchili es estudiante del segundo año de un máster, opción Derecho de los Negocios, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Douala.