El origen de la doble cámara lo encontramos en la Revolución Francesa, en el marco de una apuesta republicana; y en el viejo constitucionalismo inglés, a partir del deseo de limitar el poder del Rey vía la configuración de un modelo de Monarquía Constitucional de corte parlamentario que, con matices y adecuaciones, se mantiene hasta la fecha. En nuestro continente y siempre en el Siglo XVIII, cuando se da la Constitución de Estados Unidos en 1787 se adopta la figura de la bicameralidad, a fin de que una de las dos cámaras represente a los estados federados y la otra al pueblo. A lo que debemos agregar el hecho que, en los países latinoamericanos, se produce una situación similar, en el caso que sean países federados se adopta la bicameralidad y si por el contrario son países unitarios se da la unicameralidad, como se presenta en el Estado Peruano detallado en el presente libro.