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Desde que tenemos uso de razón, la suscripción de un contrato de seguro por una persona jurídica de derecho público ha estado sujeta al Código de Seguros. Por tanto, no se aplicaban las normas del Código de Contratos Públicos. En consecuencia, el contrato de seguro, un contrato de derecho privado, se consideraba incompatible con el Código de Contratación Pública y quedaba bajo la jurisdicción exclusiva de los tribunales. La legislación cambió entonces este estado de cosas, llevando los contratos de seguros al dominio público y a la jurisdicción de los tribunales administrativos. La evolución…mehr

Produktbeschreibung
Desde que tenemos uso de razón, la suscripción de un contrato de seguro por una persona jurídica de derecho público ha estado sujeta al Código de Seguros. Por tanto, no se aplicaban las normas del Código de Contratos Públicos. En consecuencia, el contrato de seguro, un contrato de derecho privado, se consideraba incompatible con el Código de Contratación Pública y quedaba bajo la jurisdicción exclusiva de los tribunales. La legislación cambió entonces este estado de cosas, llevando los contratos de seguros al dominio público y a la jurisdicción de los tribunales administrativos. La evolución progresiva del régimen de los contratos públicos de seguro se produce en un contexto jurídico complejo y cambiante, en la confluencia del Derecho comunitario, el Derecho administrativo en constante evolución y el Derecho de seguros. La complejidad de tal combinación, e incluso la contradicción entre las normas, es fuente de muchas dificultades.
Autorenporträt
Ammessa all'albo degli avvocati di Parigi nel 2017, Anaëlle BENABOU ha conseguito un Master II in Diritto delle Assicurazioni presso l'Università di Parigi II Panthéon-Assas e un LLM in Diritto Internazionale e Management presso HEC Paris.