Varias legislaciones fundamentales mencionan o garantizan el derecho a la vivienda. Se menciona en textos constitucionales, o con valor constitucional, en España, Finlandia, Portugal, Grecia y Suiza, entre otros. También está consagrado en varios textos internacionales sobre derechos humanos y en varios instrumentos regionales, como la Carta Social Europea y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se afirma en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el artículo 11: "Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes adoptarán las medidas apropiadas para asegurar la realización de este derecho y, a tal fin, reconocen la importancia esencial de la cooperación internacional voluntaria", y también figura en la Declaración Universal de Derechos Humanos5. Y el principio 15 de los Principios de Yogyakarta,...
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