Este trabajo se centra en la actuación de las organizaciones internacionales frente a las pandemias e intenta demostrar, en primer lugar, que estos sujetos de derecho internacional actúan contra las pandemias en un marco doblemente adaptado. Por un lado, las organizaciones internacionales pueden adaptar sus métodos de trabajo. Esta adaptación quedó ilustrada con el ejemplo de la ONU, cuyos principales órganos adoptaron nuevos métodos de trabajo para hacer frente a las situaciones excepcionales creadas por la pandemia del COVID-19. Por otro lado, es probable que las organizaciones internacionales adapten sus respuestas normativas y operativas. Esta adaptación queda ilustrada en particular por las acciones normativas de la OMS, que revisó el RSI en 2005 y adoptó el Marco de PIP en 2011. También es evidente en las acciones normativas de la ONU y en las acciones operativas de instituciones internacionales como el Banco Mundial y el FMI.
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