Hemos visto, históricamente, la transición de un Estado predominantemente soberano a otro que buscaba el punto de vista del ciudadano. La preocupación era proteger al ciudadano de un poder estatal absoluto. Con el surgimiento de los primeros Estados democráticos, la fuente del poder residía en la voluntad del pueblo, y los movimientos que culminaron en la inserción de la salud como derecho fundamental expresan la importancia de este derecho para la dignidad humana y la ciudadanía. En este contexto, el Estado, a su vez, es el garante de la salud y el texto constitucional le asigna el compromiso de garantizar este derecho y, para asegurar que los servicios de salud se presten en la forma prevista en la Constitución y en otras normas internacionales, el poder judicial puede (y debe) promover la responsabilidad de quienes menoscaben el acceso a los servicios de salud de manera amplia.
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