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Antes de la reforma introducida por la Orden de 10 de febrero de 2016, el equilibrio del Derecho francés se basaba en la coexistencia de una teoría general del contrato inspirada en el Derecho liberal y de regímenes especiales más protectores. Estos últimos fueron concebidos y pueden leerse a la luz del Código Civil, al que nunca sustituyen. Los redactores del Código Civil de 1804 tenían fe en la libertad contractual, que consideraban muy beneficiosa. Los legisladores actuales desconfían más de ella, teniendo en cuenta que puede convertirse en un instrumento de dominación económica. En la…mehr

Produktbeschreibung
Antes de la reforma introducida por la Orden de 10 de febrero de 2016, el equilibrio del Derecho francés se basaba en la coexistencia de una teoría general del contrato inspirada en el Derecho liberal y de regímenes especiales más protectores. Estos últimos fueron concebidos y pueden leerse a la luz del Código Civil, al que nunca sustituyen. Los redactores del Código Civil de 1804 tenían fe en la libertad contractual, que consideraban muy beneficiosa. Los legisladores actuales desconfían más de ella, teniendo en cuenta que puede convertirse en un instrumento de dominación económica. En la sociedad actual, la transparencia y la protección de las partes más débiles son las consignas, hasta el punto de que a menudo se limita la libertad contractual en nombre de la justicia contractual. Este es el caso de la Orden de 10 de febrero de 2016. Sin embargo, y esto es una paradoja fundamental, la ordenanza también busca una cierta eficiencia en las normas de derecho a disposición de los que participan en la vida económica. Al intentar conciliar estos dos intereses, la Ordenanza de 10 de febrero de 2016 hace que el derecho de propiedad sea más justo en algunos aspectos y más eficiente en otros.
Autorenporträt
Oriane Cohen es una joven abogada apasionada con un máster en Derecho Privado General y en Derecho Inmobiliario y de la Construcción por la Universidad Panthéon-ASSAS. Su formación tanto en Derecho civil como en Derecho inmobiliario le confiere un enfoque multidisciplinar.