Con la valorización del interés público sobre el interés privado y la ruptura de la construcción ideológica de un modelo procesal individualista que trajo la Constitución Federal brasileña de 1988, surgió una nueva forma de protección y valorización de los derechos e intereses difusos y colectivos con el objetivo de proteger los intereses de la colectividad. Considerado un tema aún nuevo por la doctrina procesal brasileña, poco se discute sobre los conceptos reales que envuelven el proceso estructural y su finalidad. El presente trabajo analiza la percepción del proceso estructural en la doctrina jurídica y abre una breve discusión que lleva a comprender cómo este importante instituto del proceso civil se convierte en un instrumento de protección a los derechos fundamentales, o al menos debería, superando el interés individual y alcanzando los intereses metaindividuales.
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