La Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales supone la norma de transposición de la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas, y está llamada a armonizar las divergencias nacionales existentes en torno a la protección de secretos empresariales. Así, esta nueva normativa posiciona al secreto empresarial en un lugar similar a los derechos de propiedad industrial. Entre otras cuestiones, se configura como objeto de propiedad que puede ser transmitido y licenciado. Además, las organizaciones deben saber que existen una serie de acciones judiciales por si se produjera una vulneración del secreto empresarial tanto desde fuera como desde dentro de la organización. Así, es necesaria una actitud proactiva frente a posibles quebrantos de la seguridad y la confidencialidad que repercutan directamente sobre el secreto empresarial, por lo que las medidas de seguridad de los Sistemas de Información serán esenciales.