Rumanía es miembro desde 1927 de la Unión de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas creada en virtud del Convenio de Berna de 1886. En el art. 2 del Convenio de 1886 se define el término de obras literarias y artísticas a través de una enumeración en la que nos encontramos con el sermón y otras obras de este tipo, que están protegidas en favor de sus autores y titulares de derechos.A través del presente estudio tratamos de demostrar que el sermón se define como un discurso pronunciado por un clérigo en la iglesia, que explica y comenta un texto bíblico y da a los fieles las directrices morales necesarias, pertenece a una clase de obras orales protegidas al igual que las obras escritas, bajo la forma de originalidad. Así pues, consideramos que el sermón es una obra de creación intelectual que está protegida tanto convencional como legalmente, protección que proporciona respeto al trabajo intelectual y un incentivo para la creatividad.En Rumanía, las persecuciones en materia de propiedad intelectual y derechos de autor son numerosas, pero la más elocuente es la ley nº 8 de 1996 sobre derechos de autor y derechos afines que regula los derechos de los autores de creaciones intelectuales.
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