Es cierto que la cuestión de la naturaleza de un tribunal constitucional lleva a reconocer que, como el dios Jano, un tribunal constitucional tiene necesariamente una función jurisdiccional, la protección de los derechos fundamentales, y una misión política, la regulación de los poderes políticos mediante la consulta. Sin embargo, en el contexto congoleño, el Tribunal Constitucional, como la justicia congoleña en general, se caracteriza por su lealtad a las autoridades políticas. Esto se manifiesta en su falta de audacia en los litigios electorales y en el menoscabo de su competencia en la protección de los derechos constitucionalmente garantizados. Finalmente, la situación descrita, si no se corrige, hace que prevalezca su politización en detrimento de su jurisdiccionalización. En estas condiciones, se plantea la cuestión de la contribución de dicha institución al establecimiento del Estado de Derecho y a la perpetuación de los valores democráticos.
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