Para entrar en cualquier discusión, primero hay que examinar sus generalidades, por lo que aquí enunciaremos primero sus reglas generales y después examinaremos el concepto de responsabilidad y sus tipos. Definición de daño: En la palabra daño, significa pérdida, y el verbo es causar daño, que significa sufrir daño, sufrir pérdida y compensar la pérdida de alguien. En el derecho financiero es que se debe dar a la parte perjudicada por la persona que causó la pérdida financiera a otro, y en la enmienda, significa pérdida o daño. En la costumbre, como los abogados, lo usan en su sentido literal. El daño es la primera piedra y fundamento de la responsabilidad. La ley no lo ha definido explícitamente, pero se ha mencionado en varios lugares como daños por litigio, daños por retraso en el pago, daños derivados del incumplimiento de obligaciones y daños materiales y morales. Así pues, la ley Madani indica que el concepto amplio de daño incluye los daños materiales y morales. Sin embargo, el daño a los sentimientos personales no es económico y queda fuera del concepto específico de pérdida y daño, y de la cantidad que se paga al condenado por este motivo.
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