Las actividades de los órganos del Estado deben orientarse a la aplicación y protección de los derechos constitucionales, las libertades y los intereses legítimos de los ciudadanos. Todos los órganos del Estado y los funcionarios públicos están obligados, dentro de los límites de sus competencias, a contribuir estrictamente a: la creación de condiciones que garanticen una vida digna y el libre desarrollo de las personas, la protección del trabajo y la salud; el apoyo del Estado a las familias, la maternidad, la paternidad y la infancia, las personas con discapacidad y las personas mayores; la realización en la práctica de la igualdad de los derechos humanos y civiles y las libertades, independientemente del sexo, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la situación patrimonial y laboral, el lugar de residencia, la actitud hacia la religión, las creencias, etc.
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