La presente obra presenta una opinión diferente a la que oficialmente se ha venido haciendo a partir de la reforma constitucional en materia de justicia penal del año de 2008, de la cual se dice es la solución a los problemas de administración de justicia penal en México. Sin embargo, esto no parece ser del todo correcto pues la implementación no ha resultado consistente y eficiente, desde la implementación de una segunda vía de justicia penal para aquellos delitos de delincuencia organizada y la reducción de derechos humanos y garantías procesales, lo que ha puesto en la mesa de debate algunas figuras jurídicas como lo son el arraigo, que a la fecha incluso existen sentencia que la declaran inconstitucional a pesar de que el legislador hábilmente haya elevado dicha figura a rango de constitucional con el simple hecho de haberla reglamentado en el propio texto de la carta magna.