El 8.7% en 2018 y el 10.2%, en 2017, de las empresas denominadas "contratas mineras", o empresas en outsourcing, se encuentran en la condición de no habidas (no han confirmado su domicilio tributario, ante la solicitud de las autoridades de la SUNAT); las empresas mineras peruanas, pueden contratar a otras empresas especializadas en las etapas de exploración, desarrollo, explotación y beneficio, pero deben cumplir con la normativa laboral, tributaria y las normas mineras.