La puesta en marcha del Mercado Europeo de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero en Enero de 2005 supuso un cambio de consecuencias desconocidas tanto en la Unión Europea (UE) como a nivel internacional. Uno de los aspectos a los que se enfrentaron las instalaciones que operaban en este mercado eran las consideraciones técnicas sobre la realización anual por parte de entidades acreditadas de los inventarios de emisiones de CO2. Los inventarios dejaron de tener una finalidad meramente informativa y pasaron a tener una función de garantía para respaldar unos derechos con los que se pudiese comerciar. De acuerdo con ello, la Comisión Europea adoptó una serie de Directrices para los Estado Miembros concernientes a la medición y reporte de emisiones en las instalaciones cubiertas por la Directiva de Comercio de Emisiones. El objetivo de esta investigación es analizar la situación que se suscitó ante estos nuevos requisitos, en concreto las consecuencias para la industria del refino, uno de los sectores más afectados por los requerimientos sobre la medición y reporte de las emisiones de CO2 y comparar con los requisitos exigidos hasta ese momento.