Nuestro derecho y su filosofía fueron concebidos para un mundo económico material signado por el reparto de la escasez y por la división en territorios. El enfoque positivo del derecho no se puede concebir sin el criterio territorial. Por ejemplo, siendo el criterio territorial su piedra angular, basta quitarle el concepto de territorio para que se derrumbe la Teoría pura del derecho de KELSEN. Así es fácil entender que el mundo virtualde Internet marcado por la abundancia en vez de las limitaciones, sin territorios y sin materialidad, no se pueda regular eficazmente con nuestros principios jurídicos y filosóficos usuales. En Internet, aún el concepto de la justicia de Aristóteles, que distribuye a cada persona lo suyo y que reparte los bienes materiales, no sirve de nada. Sin embargo, sólo esta concepción de la justicia-reparto prevalece en nuestro mundo moderno. Incluso John RAWLS ha basado su Teoría de la justicia sobre este fundamento. A pesar de que en el ámbito jurídico, sólo tenemos este concepto de justicia y sus variantes, el mismo no se puede aplicar eficazmente al mundo virtual. Este libro propone una filosofía de la justicia y principios de acción jurídica adecuados para acompañar eficazmente el desarrollo de Internet y del mundo de la información.
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