La circulación de la riqueza ha sido siempre uno de los fenómenos sociales y económicos que se encuentran en la base de la civilización jurídica. Uno de los aspectos más recurrentes y de las manifestaciones prácticas de este fenómeno es la transmisibilidad de la responsabilidad de la deuda que, en su expresión, no puede dejar de tener en cuenta las cualidades personales de la persona que debe cumplir la deuda.En el ordenamiento jurídico italiano, la asunción de la deuda ajena está expresamente regulada por el Código Civil, que prevé la posibilidad de una modificación de la vertiente pasiva de la obligación mediante el uso de instituciones jurídicas reseñadas en sus rasgos esenciales de forma detallada, con especial referencia a los efectos producidos y a sus límites de aplicación.Este breve manual, dirigido a los estudiosos del tema, describe la naturaleza jurídica, la disciplina normativa, las afinidades y las diferencias entre los instrumentos de asunción de la deuda ajena.Además, para la aplicación práctica de las normas jurídicas, se proporciona un breve formulario que resulta útil para la redacción concreta de los acuerdos relativos a los contratos de delegación, expromisión y asunción.
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