Las escuchas telefónicas son un método de obtención de pruebas que forma parte de los métodos de investigación encubierta y cuya regulación ha sufrido varios cambios en los últimos años como consecuencia del creciente uso de las escuchas. Aunque las normas que rigen la admisibilidad de las escuchas telefónicas son bastante detalladas y están relativamente estabilizadas, no ocurre lo mismo con la cuestión de la publicación o difusión del contenido de las interceptaciones telefónicas que llegan al dominio público, es decir, a través de los medios de comunicación. Los portugueses se han enfrentado sistemáticamente a la publicidad de las escuchas telefónicas por parte de diversos medios de comunicación, en particular en el contexto de importantes causas penales que implican a personalidades públicas y políticos responsables de prácticas poco transparentes. Se impone, pues, una armonización de los derechos, basada en el valor similar de los valores constitucionales identificados, mediante un enfoque casuístico pero previsible que garantice el respeto del contenido mínimo de los derechos afectados.
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