Los argumentos más legítimos a favor de la confidencialidad se basan en la necesidad de que un inversor extractivo proteja la información comercialmente sensible y de que los Estados receptores de la inversión mitiguen la posible competencia con dichos contratistas. Sin embargo, estos argumentos están en la raíz de varios males que aquejan al sector de los recursos no renovables en Camerún. Entre ellas, la asimetría de información, que es una fuente de desequilibrio contractual, y la obligación de informar al público sobre los proyectos de interés común. Es de sentido común que las empresas no quieran verse obligadas a publicar cierta información sensible que podría perjudicar su competitividad. Sin embargo, los Estados no deberían verse obligados a firmar contratos menos atractivos. Los argumentos más persuasivos no justifican los niveles actuales de confidencialidad. Esta situación debería remediarse teniendo en cuenta la nueva obligación de informar al público en la redacción de la cláusula de confidencialidad y la inclusión de cláusulas de confidencialidad únicamente en los precontratos.
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