La Diversidad Biológica son bienes jurídicos ambientales protegidos fundamentalmente para la vida. El Estado Venezolano, conforme a la convención sobre la conservación de la diversidad biológica, ejerce derechos soberanos sobre estos recursos. Se declara de utilidad pública la conservación y el uso sustentable de la diversidad biológica, su restauración, el mantenimiento de los procesos esenciales y de los servicios ambientales que estos prestan.