En medio de las discusiones nacionales sobre la banalización de la prisión y el encarcelamiento prematuro de una fracción específica de la sociedad, el trabajo aborda el instituto de la prisión preventiva, como medida cautelar en el proceso penal, y las repercusiones de la omisión legislativa sobre su duración, que culmina inevitablemente en una ofensa a los derechos humanos de las personas sometidas a proceso penal. El problema parte de la necesaria diferenciación entre la pena de prisión y la prisión preventiva (de carácter provisional), y de la incoherencia de un límite temporal establecido por la ley sólo para aquella que sólo existe después de dictada una sentencia penal firme e inapelable. Para poner de manifiesto la contradicción latente, el autor ahonda en ejemplos internacionales (Portugal, Italia, Alemania, etc.) para resaltar la intangible responsabilidad del Estado en la regulación de la prisión preventiva, so pena de institucionalizar un instrumento punitivo ilegítimo y violatorio de los derechos humanos, rayano en la enemistad de quienes suelen padecer la presunción de culpabilidad (que no de inocencia) y sufren el abandono de las instituciones públicas de la forma más deplorable: en la cárcel.
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