La presente investigación se propone analizar la adopción anticipada de los TRIPS o Derechos de Propiedad Intelectual asociados al comercio, los cuales suscribió México antes de su ingreso al TLCAN. La imposición de dicho marco legislativo tiene sus raíces en el GATT, mismo que en 1994 se transformó en la OMC. De no haberlo hecho, el gobierno mexicano seguramente no se habría convertido en miembro de pleno derecho del TLCAN. Tal decisión es la que más peso tiene en el proceso de cambio estructural regresivo de la industria farmacéutica del país durante los últimos 20 años; regresión que se expresa en dos ámbitos: el deterioro de la balanza comercial del sector y la estructura de su comercio intraindustrial (CII), y una menor actividad inventiva patentable. En 1991 los DPI cambiaron institucionalmente la forma de ver y enfrentar a la industria farmacéutica, elevando el grado de protección a través de la extensión de la materia que se puede patentar, incluyendo organismos vivos, y restricción de la vía imitativa, lo que significa que no es ya posible imitar los productos de frontera, y que se permite la importación de productos patentados.
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