Los cambios significativos en la Constitución se producen a través de la interpretación de las Cortes y Tribunales Constitucionales y no a través de los medios formales previstos para ello. Es en este contexto en el que se inserta el fenómeno de la mutación constitucional. Comúnmente descrito como un cambio en el sentido, significado y alcance de una norma a pesar de la inalterabilidad de su texto, este concepto no logra explicar satisfactoriamente la gran variedad de casos enumerados por la doctrina como hipótesis de mutación constitucional. Esta insatisfacción se debe a la complejidad fáctica y jurídica que entraña el fenómeno de la mutación. No todo cambio interpretativo de los tribunales se corresponde con la complejidad de una mutación. Por ello, analizamos la necesaria diferenciación entre interpretación y fenómeno de mutación constitucional a la luz del Principio de Separación de Poderes y su papel representativo en la dinámica democrática.
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