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A lo largo de este trabajo, hemos tenido que discutir en primer lugar la naturaleza jurídica de la participación del Estado en una empresa pública. Esta intervención del Estado no es un principio sino una excepción de orden público, en el artículo 4 de la ley uniforme relativa al derecho de las sociedades mercantiles y de las agrupaciones de interés económico y sus reglamentos, y no debe confundirse con el intervencionismo del Estado que tiende a la regulación de las empresas y a la protección de los consumidores. El intervencionismo estatal y la empresa semipública y el ámbito de aplicación…mehr

Produktbeschreibung
A lo largo de este trabajo, hemos tenido que discutir en primer lugar la naturaleza jurídica de la participación del Estado en una empresa pública. Esta intervención del Estado no es un principio sino una excepción de orden público, en el artículo 4 de la ley uniforme relativa al derecho de las sociedades mercantiles y de las agrupaciones de interés económico y sus reglamentos, y no debe confundirse con el intervencionismo del Estado que tiende a la regulación de las empresas y a la protección de los consumidores. El intervencionismo estatal y la empresa semipública y el ámbito de aplicación del artículo 4. En segundo lugar, examinamos el fundamento de la no intervención del Estado, analizando el alcance del principio de inembargabilidad de los bienes del Estado; A continuación, expusimos un intento de reforma del principio con vistas a garantizar la seguridad de los demás accionistas, abogando por la participación efectiva del Estado en una sociedad semipública. Por lo que se refiere a los fondos que constituyen las participaciones del Estado en una sociedad, cabe señalar que pertenecen al dominio público del Estado y, por tanto, son gestionados por el Derecho público y pueden regirse por el principio de inembargabilidad.
Autorenporträt
SABATA MUYISA Patrick, nacido en Lubero el 12/07/1990, consultor independiente e investigador jurídico. Licenciado en Derecho Público por la Universidad Libre de los Países de los Grandes Lagos. Consultor independiente de SODPAD.