Dada su cotidianeidad, la criminalidad informática adquiere un papel muy importante y valioso en la sociedad del siglo XXI. No se pueden obviar las características intrínsecas de los delitos informáticos, pues demandan un tratamiento procesal específico en comparación con los delitos convencionales. Sin embargo, aunque la analogía ha sido la protagonista en esta materia durante un largo período en España, llegan nuevos tiempos con el Convenio sobre cibercriminalidad y la Ley Orgánica 13/2015, cuyos ejes conductores son la capacitación de todos los operadores jurídicos y la cooperación internacional.