La presente investigación buscó analizar el tipo penal de peculado Peculado Culposo (cuarto párrafo del artículo 387° del Código Penal de la Legislación Peruana vigente) bajo la óptica de la desproporcionalidad de la pena en el delito, en relación a que un funcionario o servidor público, que ha sido negligente en los mecanismos de custodia de caudales o efectos, y que ha dado ocasión a que un tercero sustraiga los mismos de la administración pública, siendo menester el establecimiento de su objeto de protección, desarrolló los alcances de la teoría de la sanción penal en relación a los fines de la pena, y finalmente, en base a lo concluido, se propuso el incremento de la pena.