Ante la propuesta de función social del derecho de propiedad, especialmente de inmuebles constituidos por extensiones de terreno, el instituto de la expropiación adquiere una vital importancia por su instrumentalidad a los fines de satisfacer el interés general que se señala procura atender, así como la utilidad pública o social que justificarían su existencia; sin embargo, ante la desnaturalización, desviación o perversión de sus elementos esenciales, muy lejos de presentarse como un instituto tutelado por el derecho, en ocasiones se presenta totalmente contrario al mismo; lo que no solo afecta la vigencia del Estado de derecho y el principio de seguridad jurídica en aquellos casos de desviaciones generalizadas como ocurre durante regímenes totalitarios, sino que también comprometen la responsabilidad patrimonial del Estado y de sus funcionarios que pueden ser condenados al pago de indemnizaciones por las vulneración de la propiedad como derecho fundamental.
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