Uno de los objetivos del DIH es proteger a los combatientes o beligerantes y a las personas a su cargo en los conflictos armados. En efecto, la concesión del estatuto de PW a los combatientes o beligerantes y asimilados es un mecanismo para protegerlos cuando son puestos fuera de combate en la CAI, y también para aplicar las normas humanitarias mínimas a los beligerantes o a sus asimilados puestos fuera de combate en la CNS. Se trata de garantías reconocidas por el CG III de 1949 y el A.P. de 1977, del que la RDC es parte. Por último, este estudio ha demostrado la ineficacia de estos mecanismos de protección en la práctica, lo que se puso de manifiesto durante las hostilidades en la RDC. De ahí que las propuestas formuladas en la conclusión sean cruciales para subsanar las deficiencias.
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