Durante mucho tiempo, el objeto del derecho internacional se limitó a las meras relaciones interestatales. En otras palabras, los Estados eran originalmente los únicos sujetos del derecho internacional.Además, al no ser una persona sujeto de derecho internacional, un individuo que se encuentre fuera de su país y que sea víctima de un trato que viole el derecho internacional no puede entablar una acción a nivel internacional, sólo el Estado del que esa persona es nacional tiene derecho a entablar una acción contra el Estado infractor y puede ejercer la protección diplomática en favor de sus nacionales. Así, algunas personas, especialmente los refugiados, no se beneficiaron de ninguna protección efectiva a nivel internacional porque, aunque pudieron conservar la ciudadanía de su país de origen, no pudieron o no quisieron acogerse a dicha protección. Así, el objetivo de este estudio era investigar el régimen jurídico, el marco institucional y los mecanismos de protección de los refugiados en el derecho internacional.
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