En este trabajo se manifiesta la urgente necesidad de parar las privaciones de derechos agrarios a que están siendo sujetos los ejidatarios mexicanos con la enajenación que están haciendo de sus derechos ejidales. Se necesita legislar para eliminar del artículo 27 de la Constitución esta posibilidad de enajenación de los derechos ejidales por parte de los ejidatarios en México. Otro de los puntos principales de este trabajo es señalar que actualmente en la práctica de los Tribunales Agrarios se ha privilegiado la escritura sobre la oralidad, ocasionando un retardo en el proceso. Para evitar esta situación es necesario y urge la creación de un Código Procesal Agrario, congruente con la naturaleza de nuestro Derecho Agrario para que entre otras cosas rescate la oralidad en el proceso, para así lograr una pronta y expedita impartición de justicia en el campo mexicano. Considero y reitero que el Proceso Agrario tuvo una positiva evolución con las reformas de 1992, pero también opino que sigue teniendo algunos defectos entre otros que no se rige por sus propios principios, ya que esta regido por los principios propios del Derecho Civil y Mercantil.
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