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Desde finales del siglo XIX, la teoría de la "causa" ha sido objeto de intensas críticas, no siempre al mismo nivel, pero con el objetivo constante de que se abandonara por completo en el Derecho contractual común. Así pues, en un esfuerzo por poner fin a esta viva polémica, motivada por la manifiesta inestabilidad e imprecisión del concepto, el legislador de Derecho comparado, en particular el francés, decidió abandonar la teoría de la causa tras la reforma del Derecho contractual de 2016. El derecho de obligaciones marfileño, heredero de la colonización del Código Civil napoleónico de 1804,…mehr

Produktbeschreibung
Desde finales del siglo XIX, la teoría de la "causa" ha sido objeto de intensas críticas, no siempre al mismo nivel, pero con el objetivo constante de que se abandonara por completo en el Derecho contractual común. Así pues, en un esfuerzo por poner fin a esta viva polémica, motivada por la manifiesta inestabilidad e imprecisión del concepto, el legislador de Derecho comparado, en particular el francés, decidió abandonar la teoría de la causa tras la reforma del Derecho contractual de 2016. El derecho de obligaciones marfileño, heredero de la colonización del Código Civil napoleónico de 1804, no se queda atrás. Así que ahora se plantean preguntas sobre la utilidad de la causa en los contratos.
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Autorenporträt
El Sr. BILE FRANÇOIS DE SALES GILDAS nació en Marcory, en la comuna de Abiyán, y posee un máster en Derecho Privado con especialización en no discriminación en las relaciones laborales.