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El Estado debe responder de sus intervenciones financieras, especialmente cuando utiliza el instituto soberano del crédito público. Garantizar las finanzas públicas y su fiscalidad extemporánea significa mantener republicanamente la seguridad del crédito nacional y la moralidad de los poderes públicos. El Principio de Moralidad, que informa toda actividad de la Administración Pública, exige que ésta se comporte de forma competente y honesta, siempre con el objetivo de realizar una finalidad pública, siguiendo caminos necesarios y útiles para la consecución de sus objetivos. El Estado debe…mehr

Produktbeschreibung
El Estado debe responder de sus intervenciones financieras, especialmente cuando utiliza el instituto soberano del crédito público. Garantizar las finanzas públicas y su fiscalidad extemporánea significa mantener republicanamente la seguridad del crédito nacional y la moralidad de los poderes públicos. El Principio de Moralidad, que informa toda actividad de la Administración Pública, exige que ésta se comporte de forma competente y honesta, siempre con el objetivo de realizar una finalidad pública, siguiendo caminos necesarios y útiles para la consecución de sus objetivos. El Estado debe tener interés en preservar el crédito público, nacional o internacional, porque tarde o temprano necesitará volver a utilizarlo. Desde la Revolución de 1964, la posición prioritaria en la acción gubernamental ha sido fortalecer el Crédito Público y el mercado de bonos gubernamentales, ya que el uso de estos instrumentos permitiría llevar a cabo programas esenciales para el desarrollo del país. De manera que no se podía escapar al pago de las Políticas de Deuda Pública.
Autorenporträt
Abogado. Especialista en Derecho Aduanero y Tributario. Especialista en Legislación Aduanera - Inmetro - Anvisa. Especialista en Clasificación Tributaria de Mercancías.