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En Cuba, a pesar de la existencia, en el Decreto-Ley No. 290 desde el 2012, de un reconocimiento expreso del derecho de los inventores a participar en los beneficios obtenidos por la explotación de la patente surgida en el marco de una relación laboral; hasta la fecha no ha sido posible hacerlo efectivo. Sin embargo, la promulgación de la Resolución No. 152 de fecha 29 de junio de 2018 abre un nuevo escenario para los operadores del derecho, al establecerse el procedimiento para la remuneración de los inventores. De esta forma se llenan los vacíos existentes en la norma de patente respecto a…mehr

Produktbeschreibung
En Cuba, a pesar de la existencia, en el Decreto-Ley No. 290 desde el 2012, de un reconocimiento expreso del derecho de los inventores a participar en los beneficios obtenidos por la explotación de la patente surgida en el marco de una relación laboral; hasta la fecha no ha sido posible hacerlo efectivo. Sin embargo, la promulgación de la Resolución No. 152 de fecha 29 de junio de 2018 abre un nuevo escenario para los operadores del derecho, al establecerse el procedimiento para la remuneración de los inventores. De esta forma se llenan los vacíos existentes en la norma de patente respecto a su método de cálculo, su distribución cuando existen varios inventores que contribuyeron a la obtención del resultado, así como, las formas en que se dirimirán los conflictos que surjan entre el inventor y la entidad empleadora. El presente trabajo tiene como fin analizar el sistema de las invenciones laborales en Cuba, así como, el sistema de hacer efectiva la remuneración y el método de cálculo de la remuneración.
Autorenporträt
A. F. Hernández. Lic. en Derecho, Univ. de la Habana. MSc. en Propiedad Intelectual. Especialista de Propiedad Intelectual en la Secretaria de Ciencia y Técnica, Universidad de Buenos Aires.Y. H. Benitez. Lic. en Derecho, Univ. de la Habana. Jefa de Departamento Jurídico y Relaciones Internacionales de la Oficina Cubana de Propiedad Intelectual.