El tratado de Las leyes de Araújo forma parte de los comentarios que, en forma de amplias cuestiones, este autor publicó sobre la Suma Teológica bajo el título In primam secundae diui Thomae lecturarum, tomus primus, Salamanca 1638. Aquí ofrece este autor una profunda reflexión ontológica sobre la esencia de la ley, especialmente sobre la ley natural, eje de su brillante comentario, que en realidad tiene sólo dos partes: una, que estudia la esencia de la ley en general; otra, dedicada a la esencia de la ley natural y a su proyección en el conjunto de las leyes, tanto civiles como penales. Haciendo gala de una erudición asombrosa ¿como se puede apreciar en los índices¿, Araújo va haciendo también frecuentes referencias a los autores más célebres de su época, como Salas o Suárez, algunas de cuyas tesis ¿como las referentes al «derecho de gentes» o al «derecho penal»¿ asume frecuentemente, sometiéndolas a un fino análisis interpretativo. El tratado sobre Las leyes de Araújo refleja el sentir gnoseológico, ontológico y moral de la Escuela de Salamanca sobre esta materia, y se puede decir que culmina la pretensión que un siglo antes tuvo Vitoria; ahora, casi mediado el siglo XVII, la Escuela de Salamanca ha ofrecido ya, en muchas materias, lo más granado de sí misma.
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